DECRETO 154/1996, de 18 de junio, por el que se regulan las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la adquisición de equipos informáticos destinados a las áreas de Bienestar Social.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Economia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 154/1996, de 18 de junio, por el que se regulan las subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la adquisición de equipos informáticos destinados a las áreas de Bienestar Social.

El Plan Interinstitucional de Infraestructuras y Revitalización de Áreas desfavorecidas, fruto del acuerdo del Consejo Vasco de Finanzas Públicas y del Acuerdo de Coalición de Gobierno, y estructurado en dos áreas de actuación, establece en la segunda la necesidad de abordar, con carácter complementario, la revitalización de las áreas territoriales menos favorecidas, a través de actuaciones específicas y programas de apoyo relacionados con la asistencia social y la lucha contra la marginación.

La intensiva utilización de los servicios sociales de base en áreas territoriales menos favorecidas, en las que se demanda solución a problemas cada vez más diversos ha motivado la inclusión como parte de un programa específico de aplicación complementaria en zonas desfavorecidas la mejora de los servicios sociales, afecto al Plan Interinstitucional de Infraestructuras y Revitalización de Áreas desfavorecidas para el período 1996-1998, puesto que las infraestructuras en que se asientan estos servicios están lejos de reunir las condiciones deseadas, tanto desde el punto de vista de la ubicación como desde la dotación de medios para la información y gestión adecuados.

En el primer ejercicio de este trienio, 1996, se ha estimado prioritario proveer a los servicios sociales de base de los medios informáticos que permitan una gestión más ágil y coordinada de los recursos en servicios sociales, dejando para los siguientes ejercicios la mejora de los espacios físicos que afectará tanto a las personas que trabajan en los servicios sociales como a los usuarios de los mismos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 18 de junio de 1996.

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. - El presente Decreto tiene por objeto la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social, podrá otorgar durante el ejercicio 1996 para la adquisición de equipos informáticos que permitan a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco mejorar la calidad de la información y gestión en sus áreas de Bienestar Social.

  2. - Las características técnicas que deberán tener dichos equipos informáticos se detallan en el Anexo al presente Decreto.

Artículo 2 Entidades beneficiarias.
  1. - Podrán acogerse a las ayudas previstas en el presente Decreto los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que carezcan de medios informáticos en sus áreas de Bienestar Social o cuyos medios sean insuficientes.

  2. - Tendrán preferencia para la obtención de las ayudas previstas en el...

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