DECRETO 203/1996, de 30 de julio, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía la venta a Bioartigas, S.A. de acciones de la misma sociedad.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica; Industria, Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

DECRETO 203/1996, de 30 de julio, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía la venta a Bioartigas, S.A. de acciones de la misma sociedad.

El artículo 49.2 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la enajenación de títulos representativos de capital en Sociedades, o de obligaciones de las mismas, será autorizada por el Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda.

El artículo 60 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, determina que adoptaran la forma de Decreto las disposiciones administrativas de carácter general y, en su caso, los acuerdos del Gobierno, que serán firmados por el Lehendakari y por el Consejero o Consejeros a quienes corresponda la propuesta.

Habiendo adoptado el Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía, en su reunión de 23 de febrero de 1996, entre otros, el acuerdo de vender acciones de la Sociedad BioArtigas, S.A. por un nominal de 32.780.000 PTA al precio resultante de su actualización con el IPC de acuerdo con lo establecido en los estatutos sociales, es decir 40.064.318 PTA y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el párrafo anterior, de autorización del Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Industria, Agricultura y Pesca y de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 30 de julio de 1996,

DISPONGO:

Artículo 1 Se autoriza al Ente Vasco de la Energía para proceder a la venta a BioArtigas, S.A. de acciones de la misma sociedad por un nominal de 32.780.000 PTA a un precio de cuarenta...

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