ORDEN de 11 de Abril de 1984, del Consejero de la Presidencia, por la que se desarrolla el Decreto 287/1983, de 27 de Diciembre, de procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión en ondas métricas con frecuencia modulada.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de Abril de 1984, del Consejero de la Presidencia, por la que se desarrolla el Decreto 287/1983, de 27 de Diciembre, de procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión en ondas métricas con frecuencia modulada.

El Decreto 287/1983, de 27 de Diciembre (BOPV n ° 3 de 7 de Enero), establece en el artículo 6 °, bajo el epígrafe "Preferencias en la concesión", un orden de prelación en el otorgamiento de las concesiones de Emisoras, dada la limitación del espacio radioeléctrico existente.

En función de esta limitación y ante la imposibilidad de atender todas las solicitudes promovidas, sobre todo en aquellas áreas que por su enclave presentan especiales dificultades técnicas, se hace preciso desarrollar el contenido del artículo mencionado, determinando los criterios de selección con arreglo a los cuales se resolverán los expedientes de adjudicación de las concesiones.

En su virtud, en uso de las facultades que me confiere la Disposición

Final Cuarta del Decreto 287/1983, DISPONGO:

Artículo único

En la adjudicación de las concesiones de emisoras, se procederá conforme al orden de preferencia establecido y teniendo en cuenta las siguientes reglas:, a) Cuando se trate de solicitantes de emisoras institucionales públicas, se dará prioridad en la concesión al criterio demográfico, o mayor número de población del territorio sometido a su jurisdicción. b) En el caso de solicitantes de emisoras con fines educativo-culturales, tendrán preferencia en la concesión aquellas que en mayor medida contribuyan a la utilización, fomento y potenciación del euskara. c) Si se trata de...

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