DECRETO 1/2013, de 8 de enero, sobre instalaciones emisoras de compuestos orgánicos volátiles.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente y Política Territorial
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades, traspone la Directiva 1999/13/CE, de 11 de marzo de 1999, y tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir los efectos directos o indirectos de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles sobre el medio ambiente y la salud de las personas.

El mencionado Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, por un lado, regula la intervención de la administración en relación con las actividades que se encuentran en su ámbito de aplicación y dispone que, en el caso de las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se deben incluir en las autorizaciones ambientales integradas las obligaciones y requisitos en él establecidos y que las instalaciones no sujetas a la citada Ley 16/2002, de 1 de julio, quedan sometidas a notificación al órgano competente para su registro y control.

Por otro lado, y en cuanto a las obligaciones y requisitos de cualquiera de las instalaciones incluidas en su ámbito de aplicación se encuentra la de facilitar al departamento que tiene atribuidas las competencias en materia de medio ambiente, al menos una vez al año, los datos necesarios para que éste pueda comprobar el cumplimiento de las obligaciones en él establecidas.

Este Decreto pretende establecer el mecanismo para la notificación, registro y control de instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, y determinar el procedimiento y los datos que sus titulares deben facilitar anualmente al órgano competente para que éste pueda comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el citado Real Decreto 117/2003, de 31 de enero.

Con todo ello, los dos primeros artículos presentan el objeto del Decreto y su ámbito de aplicación.El artículo 3 alude al registro de estas instalaciones en el Registro de instalaciones con incidencia medioambiental creado en el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 4 recoge la inscripción de oficio en dicho Registro de todas las instalaciones dentro su ámbito de aplicación. El artículo 5, por su parte, regula, para las instalaciones no sujetas a IPPC, el procedimiento que deberá seguirse para que la notificación que impone el artículo 3.2 del Real Decreto 117/2003 se considere válidamente efectuada; a tal fin, se obliga a las personas titulares de las instalaciones a cumplimentar una solicitud disponible en la sede electrónica del órgano ambiental acompañada, en su caso, de la(s) memoria(s) precisa(s).

A continuación, el Decreto recoge las obligaciones que supone para sus titulares tener las instalaciones inscritas en el registro, así como el régimen aplicable en las modificaciones de las instalaciones y la cancelación de la inscripción, que siempre deberá practicarse por el órgano ambiental.

En el artículo 9 se concretan los documentos que anualmente deberán presentar las personas titulares de las instalaciones sujetas a este Decreto y debidamente inscritas, siguiendo los contenidos que estarán disponibles en la sede electrónica del órgano ambiental. El artículo 10 recoge los requisitos para el control de las emisiones.

Por último se recogen dos disposiciones transitorias para prever el régimen respecto de las ya existentes, diferenciando entre las que están sometidas a IPPC y el resto, y una disposición final.

Todos los trámites previstos se realizarán exclusivamente por vía electrónica, tal y como establece el Decreto 183/2012, de 25 de septiembre.

En su virtud, a propuesta de la...

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