DECRETO 78/1982, sobre nombramiento de representante de la Comunidad Autónoma en las Comisiones Ejecutivas de los planes de reconversión de sectores industriales.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorIndustria y Energia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 78/1982, sobre nombramiento de representante de la Comunidad AutÛnoma en las Comisiones Ejecutivas de los planes de reconversiÛn de sectores industriales.

El Estatuto de AutonomÌa para el PaÌs Vasco dispone en su artÌculo 10 que es competencia exclusiva de la Comunidad AutÛnoma el desarrollo y ejecuciÛn de los planes establecidos por el Estado en la reestructuraciÛn de los sectores industriales. Competencia que, en cumplimiento de la DisposiciÛn Transitoria segunda del citado

Estatuto, fue transferida por Real Decreto 3.502/1981, de 29 de

Diciembre, en el que se estableciÛ que un representante de La

Comunidad AutÛnoma formar· parte de la ComisiÛn ejecutiva especÌfica de cada plan de reconversiÛn siempre que en territorio de la

Comunidad AutÛnoma estÈn asentadas industrias del sector en reconversiÛn que representen al menos el diez por ciento del empleo del referido sector.

En su virtud, a propuesta del Titular del Departamento de Industria y

EnergÌa, previa aprobaciÛn de la Presidencia del Gobierno y previa deliberaciÛn y aprobaciÛn del Consejo de Gobierno en su reuniÛn del trece de Abril de mil novecientos ochenta y dos,

DISPONGO

ArtÌculo primero Se nombra a D

JESUS LOBO ALEU, representante de la Comunidad AutÛnoma del PaÌs Vasco en las.

Comisiones ejecutivas, correspondientes, de los planes de reconversiÛn, del Sector de electrodomÈsticos de la lÌnea blanca y del Sector de construcciÛn naval.

ArtÌculo segundo Sin perjuicio de lo establecido en el...

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