RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2008, de la Directora de la Academia de Policía del País Vasco, por la que se convocan pruebas para la acreditación del Perfil Lingüístico 1 de la Ertzaintza.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorInterior; Academia de Policía del País Vasco
Rango de LeyResolución

El Decreto 30/1998, de 24 de febrero (BOPV n.º 45 de 6 de marzo), en su artículo 15.1.b), establece que la Academia de Policía del País Vasco realizará convocatorias periódicas de pruebas para la acreditación del cumplimiento de los Perfiles Lingüísticos por los funcionarios y funcionarias de la Ertzaintza, y en su virtud, RESUELVO: Artículo primero.- Aprobar la convocatoria de pruebas de conocimiento de Euskera, destinados a la acreditación del Perfil Lingüístico 1 de la Ertzaintza, de conformidad con las Bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución. Artículo segundo.- Recursos. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante la Directora de la Academia de Policía del País Vasco, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Caso de interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía jurisdiccional hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta por silencio. Si la persona interesada optara por la impugnación jurisdiccional, procederá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente conforme al artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Asimismo, los actos administrativos que deriven de la presente convocatoria, de la actuación de los Tribunales Calificadores o de los órganos de la Academia de Policía del País Vasco, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma prevista en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. En Arkaute, a 10 de octubre de 2008. La Directora de la Academia de Policía del País Vasco, GUADALUPE CAMINO GARCÍA. ANEXO 1 BASES CAPÍTULO I OBJETO Y AMBITO DE LA CONVOCATORIA Primera.- Objeto de la convocatoria. Se convocan pruebas para la acreditación del Perfil Lingüístico 1 de la Ertzaintza, cuyo contenido se expresa en el anexo al Decreto 30/1998, de 24 de febrero. Segunda.- Ámbito de aplicación. 1.- Podrán participar en estas pruebas los funcionarios y funcionarias de carrera de la Ertzaintza, dentro del ámbito de aplicación del Decreto 30/1998, de 24 de febrero y los funcionarios en prácticas pertenecientes a la XX y XXI promoción de la Ertzaintza. 2.- De conformidad con las Resoluciones de la Directora de la Academia de Policía del País Vasco por las que se convocan Cursos de Capacitación Lingüística para funcionarios y funcionarias de carrera de la Ertzaintza a los que se les ha asignado fecha de preceptividad en el cumplimiento del perfil lingüístico 1 de la Ertzaintza, que alcancen el nivel máximo de conocimiento de euskera que se imparte en los mismos con anterioridad a la celebración de la pruebas convocadas según las presentes Bases, vendrán obligados a presentarse a las mismas. CAPÍTULO II LAS PRUEBAS PARA ACREDITACION DEL PERFIL LINGÜÍSTICO 1 DE LA ERTZAINTZA Tercera.- Las pruebas. Las pruebas consistirán en la realización de diversos ejercicios, cuya finalidad será la evaluación del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR