RESOLUCIÓN 1222/2007, de 19 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos del 2008.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorSanidad; Servicio Vasco de Salud
Rango de LeyResolución

Mediante el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, se regula el proceso de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud. Este Decreto establece que los perfiles lingüísticos de aplicación en Osakidetza-Servicio vasco de salud son los determinados en el artículo 13 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Asimismo, determina la competencia que le asiste a Osakidetza-Servicio vasco de salud para la realización de pruebas de acreditación de esos perfiles lingüísticos a través de convocatorias ordinarias y/o extraordinarias que, con esa específica finalidad, realice dicho Ente.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo primero – Aprobar la convocatoria de pruebas para la acreditación de perfiles lingüísticos del año 2008, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo I.
Artículo segundo

– Contra la presente resolución de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de noviembre de 2007. La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, GLORIA QUESADA MENÉNDEZ. ANEXO I

CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN DE PERFILES LINGÜÍSTICOS BASES:

Base 1.– Podrá participar en la convocatoria el personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, cualquiera que sea su relación de empleo, que en el plazo de inscripción en el proceso se encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales.

Base 2.– La convocatoria posibilita la acreditación de los perfiles lingüísticos uno, dos y tres. Quienes participen en ella sólo podrán realizar el examen de un único perfil.

Base 3.– Para poder tomar parte en los exámenes del perfil lingüístico tres resulta necesario tener acreditado el perfil dos al último día del plazo de inscripción.

Base 4.– El plazo de presentación de solicitudes para la participación en la convocatoria será de 10 días naturales, iniciándose el cómputo de dicho plazo en el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.

Base 5.– Los/as aspirantes deberán cumplimentar la solicitud por vía electrónica. Para ello, deberán acceder a las siguientes direcciones electrónicas:

– http://www.osakidetza.net (La ruta a seguir es la siguiente: Recursos Humanos › Euskara › acreditación de perfiles lingüísticos).

– http://www.osanet.euskadi.net (La ruta a seguir es la siguiente: Osakidetza › Recursos Humanos › Euskara› acreditación de perfiles lingüísticos).

Base 6.– Los/as aspirantes que tengan reconocida alguna...

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