RESOLUCIÓN 804/2012, de 25 de junio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de formación continua y reciclaje profesional de la plantilla del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOsakidetza-Servicio Vasco de Salud
Rango de LeyResolución

La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi en el Título V, artículo 31 establece que «Se promoverá la formación, reciclaje y perfeccionamiento de manera continuada a los profesionales sanitarios y no sanitarios del campo de la salud y de la gestión y la administración sanitarias desde una perspectiva interdisciplinaria».

Del mismo modo, el artículo 3.d) del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, incluye entre los fines de Osakidetza-Servicio vasco de salud «promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario tanto en el campo específico de la salud como en los de la gestión y administración sanitarias».

El artículo tercero de la Resolución 1580/2011, de 26 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se establecen los criterios generales para la planificación y gestión de las actividades formativas en Osakidetza-Servicio vasco de salud, destaca, entre los objetivos que se persiguen con la formación en Osakidetza, «la actualización y la mejora de las competencias necesarias para el desempeño de las responsabilidades, funciones y tareas atribuidas al puesto de trabajo y promover el reciclaje profesional y la mejora de la cualificación de las personas de Osakidetza-Servicio vasco de salud».

Debido a esto, una de las líneas de actuación primordiales en Osakidetza-Servicio vasco de salud para responder al propósito expresado en la citada legislación, debe traducirse en la concesión de ayudas económicas a sus profesionales en reconocimiento y apoyo de sus iniciativas y del esfuerzo empleado en su propia formación y capacitación profesional, que repercutirán en una mejora de la calidad de los servicios sanitarios.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que la vigente legislación me confiere

RESUELVO:

Primero.- Efectuar la convocatoria y aprobar las bases generales que han de regir la concesión de ayudas para la realización de estudios de formación continua y reciclaje profesional de la plantilla del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud recogidas en el anexo I.

Segundo.- Aprobar el modelo normalizado de solicitud, anexo II.

Tercero.- Aprobar el modelo normalizado de certificado a emitir por la Dirección correspondiente de conformidad con la previsión recogida en el punto 8 de las bases generales, anexo III.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta resolución, y contra las que, con carácter definitivo, se dicten en su desarrollo podrá ser interpuesto recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en los siguientes términos:

Contra las resoluciones definitivas dictadas por el Director de la División de Recursos Humanos podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, c/ Álava, 45, CP: 01006, Vitoria-Gasteiz.

Contra las resoluciones dictadas por el Director General podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, c/ Álava, 45, CP: 01006, Vitoria-Gasteiz.

Segunda.- La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de junio de 2012.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JULIÁN PÉREZ GIL.

ANEXO I

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE FORMACIÓN CONTINUA Y RECICLAJE PROFESIONAL DE LA PLANTILLA DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

  1. - Objeto.

    1.1.- Es objeto de las presentes bases establecer las condiciones y requisitos para el acceso y concesión de las ayudas dirigidas a la realización de estudios de formación continua y reciclaje profesional dentro del campo de la Sanidad, tanto en los aspectos clínicos como de gestión y administración, en centros o instituciones nacionales de reconocido prestigio, finalizados en el periodo de cobertura: desde 1 de septiembre de 2011 al 31 de agosto de 2012.

    Los estudios cuyo plan de formación contemple la realización de varios cursos académicos o módulos, se entenderán finalizados a la fecha de conclusión del último curso o prueba final que se determine en el programa de estudios, con la obtención del certificado acreditativo de su completa realización.

    Las actividades formativas cuya finalidad sea el aprendizaje de un idioma se entenderán finalizadas a la fecha acreditada en el certificado de nivel oficial presentado, y sólo procederá su subvención si en certificado emitido por el Director del área correspondiente al profesional solicitante de la ayuda, se considera que el conocimiento del mismo es imprescindible para el desempeño normalizado de su puesto de...

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