DECRETO 46/1981, de 30 de Marzo, sobre diligenciación de los documentos constitutivos de los expedientes urbanísticos objeto de aprobación definitiva por los Organos del Gobierno Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 46/1981, de 30 de Marzo, sobre diligenciación de los documentos constitutivos de los expedientes urbanísticos objeto de aprobación definitiva por los Organos del Gobierno Vasco.

Los actos de los Organos del Gobierno Vasco para otorgar la aprobación definitiva de los expedientes urbanísticos, regulados por la vigente Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana y sus

Reglamentos, comprenden la aceptación y validación en la mayoría de los casos de un gran volumen de documentos, con un contenido que suele experimentar con frecuencia modificaciones a lo largo del período de su tramitación.

La necesidad de proporcionar a los administrados y a la propia

Administración, la debida seguridad sobre la autenticidad de la documentación objeto de la aprobación definitiva, así como la creciente complejidad de los documentos urbanísticos, origina la conveniencia de que los Planes, Normas, Programas, Proyectos,

Catálogos y otros expedientes sean diligenciados una vez aprobados definitivamente, de tal manera que no se pueda en el futuro suscitar dudas sobre su autenticidad.

Con esta formalización, culmina el proceso de adveración de la documentación urbanística, iniciado a través de las aprobaciones inicial y provisional, proceso ya regulado por otras disposiciones reglamentarias.

Para dar respuesta a la citada conveniencia de diligenciación se dicta el presente Decreto, por el que tal función se atribuye preferentemente a los Organos periféricos del Departamento de

Política Territorial y Obras Públicas con el fin de procurar la mayor rapidez en el cumplimiento...

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