DECRETO 689/1991, de 17 de diciembre, por el que se determinan las estructuras de apoyo al Vicepresidente para Asuntos Sociales.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

DECRETO 689/1991, de 17 de diciembre, por el que se determinan las estructuras de apoyo al Vicepresidente para Asuntos Sociales.

El Decreto 530/1991, de 2 de octubre, de nombramiento del

Vicepresidente para Asuntos Sociales, dispone en su artículo 2.2 que éste, para el desarrollo de sus funciones, dispondrá de una estructura orgánica de apoyo que se determinará mediante un Decreto de la Presidencia.

Por ello, a propuesta del Vicepresidente para Asuntos Sociales, en virtud de lo dispuesto en la Ley 7/ 1981, de 30 de junio, de Gobierno

DISPONGO: Artículo :.- 1. Para el cumplimiento de sus funciones, el

Vicepresidente para Asuntos Sociales contará con los siguientes órganos de asistencia política y técnica: a) La Secretaría General. b) La Dirección de Coordinación. c) La Dirección del Gabinete y Relaciones Exteriores. d) La Dirección de Análisis y Estudios. 2. El Titular de la Secretaría General, de la que dependerán las

Direcciones, tendrá, a los efectos de lo dispuesto en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, la consideración de Viceconsejero.

Artículo 2 La Secretaría General ejercerá las siguientes funciones de asistencia política y técnica al Vicepresidente para Asuntos Sociales: a) Coordinar la actividad de las Direcciones adscritas a la Secretaría. b) Ostentar la representación del Vicepresidente para Asuntos

Sociales por delegación del mismo en las relaciones con las demás autoridades, entidades públicas y privadas y corporaciones oficiales. c) Realizar informes y elaborar propuestas sobre el seguimiento de acciones integradas destinadas a la realización de políticas de reequilibrio social en la Comunidad Autónoma. d) Estudio y seguimiento de acciones interinstitucionales cuyo objetivo sea la reducción de las desigualdades y las situaciones marginales o de desamparo en la población de la Comunidad Autónoma. e) Estudio y análisis de los mecanismos de Financiación, gestión e integración de prestaciones y servicios de. las distintas

Administraciones en sus políticas sociales. f) Asesorar al Vicepresidente en las materias que éste requiera y...

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