DECRETO 6/1988, de 20 de Enero, por el que se desconcentran en los Delegados Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación las facultades atribuidas a ese Departamento por la normativa vigente en materia de obras de reparación menor, conservación o mantenimiento que demanden una pronta ejecución y cuya cuantía no...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 6/1988, de 20 de Enero, por el que se desconcentran en los Delegados Territoriales del Departamento de EducaciÛn, Universidades e InvestigaciÛn las facultades atribuidas a ese Departamento por la normativa vigente en materia de obras de reparaciÛn menor, conservaciÛn o mantenimiento que demanden una pronta ejecuciÛn y cuya cuantÌa no supere las setecientas cincuenta mil (750.000.-) pesetas.

La necesaria agilizaciÛn de las contrataciones en materia de obras de reparaciÛn menor, conservaciÛn o mantenimiento, que demanden una pronta ejecuciÛn dada la frecuencia en que deben atenderse para los distintos centros escolares dependientes del Departamento de

EducaciÛn, Universidades e InvestigaciÛn, aconseja la desconcentraciÛn de la competencia para su contrataciÛn en los

Delegados Territoriales, al menos hasta ciertos lÌmites por razÛn de la cuantÌa de las obras.

En su virtud, a propuesta del Consejero de EducaciÛn, Universidades e

InvestigaciÛn, previa deliberaciÛn y aprobaciÛn del Consejo de

Gobierno en su reuniÛn celebrada el dÌa 20 de Enero de 1988,

DISPONGO:

ArtÌculo Unico

Se desconcentran en los Delegados.

Territoriales del Departamento de EducaciÛn, Universidades e

InvestigaciÛn las facultades de suscribir en nombre del Departamento todo tipo de actos y contratos para la realizaciÛn de obras de reparaciÛn menor, conservaciÛn o mantenimiento que demanden una pronta ejecuciÛn y cuya cuantÌa no supere las Setecientas Cincuenta

Mil (750.000.-) Pesetas.

DISPOSlCION ADIClONAL

Se faculta al Departamento de EducaciÛn, Universidades e

InvestigaciÛn para el desarrollo y aplicaciÛn de lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSlClON DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

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