ORDEN de 20 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, de modificación de los criterios técnico-deportivos establecidos en el Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyOrden

El Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel, establece, en su artículo 29 c), entre las funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, la de proponer a la persona titular del Departamento en materia de deportes la modificación de los anexos del presente Decreto.

Además, la Disposición Final Primera autoriza a la Consejera o al Consejero competente en materia de deporte para que, a propuesta de la Comisión de Evaluación del deporte de alto nivel, modifique los criterios técnico-deportivos que se señalan en el anexo I del Decreto, cuando así lo aconseje la evolución técnico-deportiva.

La Comisión de Evaluación, en reunión celebrada el día 26 de enero de 2011, a la vista de los resultados obtenidos, aplicando los criterios anteriormente establecidos, entiende necesaria la modificación del anexo I, para el cumplimiento de los objetivos del Decreto, ya que con la aplicación de dichos criterios quedan fuera del ámbito de actuación del mismo deportistas que, de hecho, son de alto nivel y así vienen siendo reconocidos por diferentes organismos estatales e Internacionales.

Realizada la valoración de los resultados obtenidos de la aplicación de los criterios en el seno de la Comisión, se ha estimado necesario ajustar dichos criterios técnico-deportivos de manera que cumplan el objetivo pretendido. Dicho objetivo es el abarcar a un abanico de deportistas más amplio que el que da cobertura la Fundación Euskadi Kirola Fundazioa a través de sus ayudas. Se pretende ampliar el acceso a la carta de servicios que desde la Dirección de Deportes del Departamento de Cultura se ofrece a deportistas que aún no llegando a los exigentes parámetros establecidos para obtener ayudas de la Fundación Euskadi Kirola Fundazioa, puedan disfrutar de otra serie de beneficios que son los establecidos en el Decreto de referencia.

Así, a la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación del deporte de alto nivel,

DISPONGO:

Primero.- A la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel se procede a modificar las «observaciones a la tabla» que se contienen en el anexo I del Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel, relativo a los Criterios Técnico-Deportivos para la declaración de Deportistas de alto nivel, por así aconsejarlo la evolución técnico-deportiva, en los términos que a continuación se establecen. Quedando el anexo I de la...

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