DECRETO 396/2005, de 29 de noviembre, de creación de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVicepresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

DECRETO 396/2005, de 29 de noviembre, de creación de la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos.

El Decreto 249/1995, de 25 de abril, creó, al amparo del artículo 22 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, constituida originariamente como el órgano básico de la acción económica del Gobierno. La regulación inicial fue posteriormente objeto de modificación con el propósito de adecuar la composición y funciones de este órgano a las exigencias funcionales de los diferentes Gobiernos quedando finalmente acreditado no solo como órgano básico de la acción económica, sino también, como órgano de coordinación y planificación de capital importancia para facilitar la labor estratégica del Gobierno.

El inicio de esta nueva legislatura y la reciente estructura departamental configurada mediante el Decreto 8/2005, de 27 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, propician la revisión de la composición y funciones de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en orden a adaptar su composición a la nueva estructura departamental y reforzar sus funciones de impulso, de coordinación y planificación de la acción del Gobierno.

En efecto, el comienzo de la presente legislatura, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Coalición para la formación de Gobierno, resulta idóneo para proceder a una revisión crítica y adecuación de los actuales instrumentos de planificación y coordinación de la acción de Gobierno a las nuevas formas de gobierno y gobernanza. Esta revisión debe ir dirigida principalmente a consolidar sistemas o procesos de coordinación que sirvan para impulsar la ejecución de las políticas públicas y para garantizar, por una parte, la integridad de la acción de Gobierno y por otra, la identidad y el reconocimiento de cada uno de los actores institucionales y no institucionales involucrados en la aplicación de las políticas.

Paralelamente a la consolidación de los procesos de codecisión y corresponsabilidad de los planes del Gobierno, el estudio y análisis de los sistemas y procesos de coordinación debe también venir forzosamente acompañada de la normalización de la acción de evaluación de las políticas públicas, a fin de potenciar y maximizar la acción de Gobierno en su conjunto, al tiempo que se afianza la evaluación de los instrumentos de planificación específicos, mediante la selección de...

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