DECRETO 31/2005, de 22 de febrero, de nombramiento de un Vocal de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Rango de LeyDecreto

DECRETO 31/2005, de 22 de febrero, de nombramiento de un Vocal de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

De conformidad con la previsión contenida en el artículo 18.4 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al ParlamentoVasco, modificada por las Leyes 15/1998, 6/2000 y 1/2003, se dictó el Decreto 152/2002, de 25 de junio, por el que se procedió al nombramiento de Presidente y de los Vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El referidoDecreto fue, a su vez, modificado por el Decreto 8/2005, de 18 de enero, de nombramiento de un vocal judicial de la Junta Electoral.

El presente Decreto modifica los citados Decretos con motivo del nombramiento de un vocal no judicial de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma, designado por la Mesa del Parlamento Vasco, por causa de la vacante del mismo, tal y como lo determina el artículo 18.1.c de la Ley 5/1990, de 15 de junio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Interior, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2005,

DISPONGO:

Artículo único ¿ Nombrar como Vocal de la Junta Electoral de la...

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