DECRETO 316/2003, de 23 de diciembre, por el que regula el programa Gaztemundu.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Lehendakaritza |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 316/2003, de 23 de diciembre, por el que regula el programa Gaztemundu.
La Ley 8/1994 de 27 de mayo, de relaciones con las colectividades y centros vascos en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene como objetivo prioritario la promoción, el apoyo y la intensificación de las relaciones de Euskadi, de la sociedad vasca y de sus instituciones con las colectividades vascas y centros vascos existentes en el exterior de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Los Centros Vascos-Euskal Etxeak se configuran, en dicha Ley, como el cauce preferente de relación entre los miembros de las colectividades vascas y las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las Colectividades Vascas, con ocasión del II Congreso Mundial, celebrado en Vitoria-Gasteiz en 1999, consideraron que la formación de la juventud requiere de una atención específica para conseguir su implicación en la actividad de los Centros Vascos-Euskal-Etxeak; esta implicación es necesaria porque el futuro de estos centros depende también de la participación de la juventud, de su integración en los órganos directivos de dichos centros y de su interés en estrechar lazos con Euskadi.
Es por ello necesario canalizar la intervención de los jóvenes en la actividad de los Centros Vascos-Euskal Etxeak para posibilitar que en las comisiones directivas de las mismas estén representadas todas las generaciones, lo que contribuirá al mantenimiento y mejora de la labor que realizan.
Con el fin de impulsar esa intervención de los jóvenes en la actividad de las Euskal-Etxeak se ha optado por la creación del programa Gaztemundu, con dos objetivos principales: dar a conocer la realidad actual de Euskadi en todas sus vertientes y permitir la integración de las nuevas generaciones en la vida activa de las Euskal-Etxeak.
Respecto al objetivo de dar a conocer la realidad actual de Euskadi debe señalarse que es indudable que la forma más adecuada de acercamiento a la realidad de un país es profundizar en el conocimiento de sus instituciones, sus habitantes, sus empresas, su cultura o su geografía. Por ello, dentro del programa Gaztemundu se prevé que la juventud de las colectividades vascas que haya sido seleccionada profundice en el conocimiento de la realidad de Euskadi y se relacione con organizaciones, empresas y personas que aquí trabajan, con el objetivo de que puedan surgir plataformas de contacto entre la juventud vasca residente dentro y fuera de Euskadi.
En su virtud, a propuesta de la Presidencia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2003,
DISPONGO:
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¿ El presente Decreto tiene por objeto la regulación del Programa Gaztemundu destinado a jóvenes de los Centros Vascos-Euskal Etxeak.
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¿ Los objetivos del Programa Gaztemundu son:
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que la juventud de los Centros Vascos-Euskal Etxeak se forme y profundice en el conocimiento de la Euskadi actual y se relacione con organizaciones, instituciones, empresas y personas que trabajan y viven en Euskadi.
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que se estimulen plataformas de contacto entre la juventud vasca residente dentro y fuera de Euskadi activando, ésta última, su presencia en las Euskal Etxeak.
El Programa Gaztemundu consiste en una estancia en Euskadi, como forma de acercamiento a su realidad actual y proyección de los Centros Vascos-Euskal Etxeak a futuro, financiada por la Administración General de la Comunidad Autónoma. Durante dicha estancia, los participantes deberán participar en las jornadas de trabajo, los foros de debate y en las visitas culturales, institucionales y turísticas que se organicen.
¿ Financiación de la estancia.
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¿ La Secretaría General de Acción Exterior se hará cargo de los gastos del programa, incluyendo viajes de ida y vuelta, estancia, manutención, actividades de trabajo y de tiempo libre que estén incluidas en el mismo.
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¿ Así mismo, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi procederá a la contratación de una póliza de seguro que cubra la asistencia en viaje de los participantes de cada edición.
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-La participación en el Programa Gaztemundu podrá ser solicitada por las personas que cumplan los siguientes requisitos:
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Cumplir el requisito de edad que se establezca en la Resolución de convocatoria.
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Tener su residencia en el exterior del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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Ser socio o socia, con una antigüedad de, al menos, tres años en el momento de la publicación de la convocatoria, en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak oficialmente reconocidos e inscritos en el Registro de Centros Vascos.
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Haber realizado un trabajo de estudio o análisis sobre la materia o alguna de las materias propuestas en la convocatoria anual del Programa.
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No haber sido beneficiario de una estancia en el programa Gaztemundu.
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¿ La selección y participación en...
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