DECRETO 231/2007, de 18 de diciembre, por el que se crea y regula la Delegación de Euskadi en Francia.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de marzo de 2005, se aprobó la Estrategia de Acción Exterior de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se determinó la planificación de las líneas de actuación del Gobierno Vasco en materia de Acción Exterior para la VIII Legislatura. Entre los ejes del citado documento destacan las relaciones con las Colectividades Vascas, la participación en Organismos Multilaterales, el impulso de la presencia exterior de carácter sectorial, y las Delegaciones de Euskadi en el exterior.

La Ley 8/1994, de 27 de mayo, de Relaciones con las Colectividades y Centros Vascos en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, marcó entre sus objetivos el de institucionalizar las relaciones sociales, culturales y económicas y el del fomento y la protección integral de los vascos en el exterior, mediante el reconocimiento de una serie de derechos y prestaciones. Desde su entrada en vigor se ha apreciado la necesidad de establecer cauces adecuados de colaboración y participación, en aras a lograr una mayor efectividad en la consecución de los objetivos marcados.

La creación de Delegaciones en el exterior se ha manifestado como un instrumento idóneo para favorecer las relaciones con los países con los que Euskadi mantiene lazos especiales de colaboración, por ello se va a seguir profundizando en esta política con la apertura de nuevas Delegaciones en Europa.

El fortalecimiento y la institucionalización de las habituales relaciones y la estrecha cooperación interregional que, con carácter bilateral, se lleva a cabo con regiones como Aquitania y Midi-Pyrenées, y a través de redes multilaterales como la Comunidad de Trabajo de los Pirineos o la Comisión del Arco Atlántico, así como la destacada presencia de colectividades vascas en Francia y la confluencia de intereses comunes en materia cultural, lingüística, económica, industrial o de comunicaciones, o la permanente colaboración transfronteriza e interregional, hacen aconsejable la creación de una Delegación de Euskadi en París.

Por otra parte, la Ley estatal 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, consagra la necesidad de promover un desarrollo humano global, en orden a asegurar y potenciar la eficacia y coherencia de las políticas de Cooperación para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR