DECRETO 219/2000, de 7 de noviembre, por el que se crea y regula el Consejo Vasco de la Cultura.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 219/2000, de 7 de noviembre, por el que se crea y regula el Consejo Vasco de la Cultura.

La política cultural es una actividad institucional todavía reciente en nuestra sociedad, cuyo desarrollo ha sido posible gracias al ejercicio del derecho a la libertad de expresión y a la mejora de la calidad de vida. Su impulso institucional responde a un amplio abanico de necesidades, entre las que destaca la generalización del acceso a la cultura, el cuidado de la memoria histórico-cultural de los pueblos, la preservación de la diversidad cultural, el fomento de la creación y de la innovación, y la generación de riqueza y de puestos de trabajo.

En la actualidad, la competencia en política cultural es ejercida por diversos niveles de las administraciones públicas, y muy particularmente por la administración autonómica, foral y municipal. Asimismo, cada vez son más frecuentes y tienen mayor incidencia las iniciativas privadas que intervienen en la actividad cultural.

Por otra parte, la cultura es, hoy más que nunca, una realidad cambiante, universal y a la vez local, que forma parte de proyectos integrales de desarrollo de la sociedad. La cultura tiene un valor personal, social y también económico. Está presente en el urbanismo, en la educación, en la industria, en el comercio y en el turismo, por poner algunos ejemplos significativos. Esto es, ha dejado de ser un campo de actuación exclusivo de los departamentos de cultura para convertirse en un espacio en el que concurren agentes públicos y privados de muy diversa naturaleza.

En consecuencia, se detecta la necesidad de adaptar los instrumentos de la política cultural a esta nueva realidad. Es por ello que, desde una aproximación global a la cultura, se propone crear un foro de participación, diálogo y cooperación entre los sectores de la administración, la iniciativa privada y, en general, los agentes culturales, que tenga como misión principal elaborar un plan general de la cultura. Este plan requerirá realizar un importante esfuerzo de reflexión y coordinación, y permitirá la definición de estrategias comunes que favorezcan un desarrollo más coherente y eficaz de la política cultural vasca.

A fin de alcanzar los nuevos objetivos planteados y de garantizar una mayor eficiencia en su funcionamiento, se propone la sustitución del anterior Consejo General de la Cultura Vasca por el Consejo Vasco de la Cultura, que se crea y regula por el presente Decreto.

El Consejo Vasco de la Cultura dará cabida a las diversas perspectivas, sensibilidades y áreas de actividad de la cultura vasca y contará con la presencia de representantes de organismos y de personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura vasca.

En base al Decreto 392/1985 de 17 de diciembre, el Gobierno Vasco creó el Consejo General de la Cultura Vasca, que fue modificado respectivamente por el Decreto 93/1986 de 15 de abril y el Decreto 376/1987 de 15 de diciembre y que, finalmente, será sustituido por este decreto.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2000,

DISPONGO:

Artículo 1 ¿ Objeto del Decreto

Es objeto del presente Decreto crear el Consejo Vasco de la Cultura y regular sus órganos, composición, funciones, sistema de designación y régimen de funcionamiento.

Articulo 2 ¿ Naturaleza

El Consejo Vasco de la Cultura es el órgano colegiado superior de participación, cooperación y asesoramiento en el ámbito de la Cultura.

Sin perjuicio de cuantos otros se le atribuyen por éste o se le puedan atribuir, su cometido esencial será analizar y aprobar un borrador del Plan General de la Cultura en el que se contemplen, entre otros aspectos, líneas transversales de actuación, así como desarrollos sectoriales en el campo del patrimonio cultural, museos, archivos, libro y bibliotecas, audiovisual, música, artes escénicas y artes plásticas.

Artículo 3 ¿ Adscripción orgánica

El Consejo Vasco de la Cultura estará adscrito al Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, aunque no se integrará en su estructura orgánica.

Artículo 4 ¿ Organización
  1. ¿ El Consejo Vasco de la Cultura actúa en Pleno o en Comisión Permanente. En su seno, podrán crearse Comisiones Especiales.

  2. ¿ El Pleno y la Comisión Permanente serán presididos por el titular del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, que designará un Secretario y suplente del Consejo Vasco de la Cultura, entre el personal técnico de su Departamento.

Artículo 5

¿ Composición del Pleno.

  1. ¿ Son miembros del Pleno del Consejo Vasco de la Cultura:

    1. La Consejera de Cultura del Gobierno Vasco, que ostentará su presidencia.

    2. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deporte del Gobierno Vasco.

    3. El Director de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco.

    4. El Director de Creación y Difusión Cultural del Gobierno Vasco.

    5. El Director General de EITB o la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR