DECRETO 198/2012, de 9 de octubre, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación Cocherito de Bilbao, de Bilbao (Bizkaia).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior; Justicia y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación Cocherito de Bilbao, de Bilbao (Bizkaia) ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La Asociación, inscrita con el número de registro AS.R.P.B. 00192, venía funcionando legalmente con arreglo a la Resolución del Ministerio de la Gobernación, de 24 de abril de 1933, con anterioridad a la vigencia de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, de Asociaciones, (vigente hasta el 26 de mayo de 2002), y que, en virtud de la Resolución de la Dirección General de Política Interior dictada con fecha 21 de febrero de 1967, se procede a inscribir en el Registro de Asociaciones la preceptiva adaptación.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Villa de Bilbao.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido...

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