DECRETO 277/1983, de 16 de Noviembre, por el que se deroga el artículo 5.° del Decreto 179/1983, de 29 de Agosto.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 277/1983, de 16 de Noviembre, por el que se deroga el artículo 5.° del Decreto 179/1983, de 29 de Agosto.

Por Decreto 179/1983, de 29 de Agosto, se creó la Junta Coordinadora

Central, integrada por un miembro de cada uno de los Departamentos del Gobierno que se mencionan en el artículo 2.° del mismo, estableciéndose en su artículo 5.° que tales representantes dependerían orgánica y funcionalmente del Presidente de la Junta, considerándoseles relevados de cualesquiera otras funciones, en tanto continuarán los trabajos de la Comisión de Valoraciones.

Realizado el trabajo fundamental previsto en el mencionado artículo 5.°, y sin perjuicio del mantenimiento de la Junta Coordinadora

Central y Comisión de Valoraciones en sus propios términos, procede suprimir la dependencia y relevo de cualesquiera funciones a que se refiere el mismo.

En su virtud, y a tenor de las facultades de organización que me atribuye el ordenamiento jurídico,

DISPONGO:

Artículo primero Se deroga el articulo del Decreto 179/1983, de 29 de Agosto, sin perjuicio del mantenimiento, para...

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