DECRETO 236/1983, de 31 de Octubre, por el que se aprueba el calendario laboral de la Comunidad Autónoma para el año 1984.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 236/1983, de 31 de Octubre, por el que se aprueba el calendario laboral de la Comunidad Autónoma para el año 1984.

De conformidad con las competencias que se derivan del Estatuto de

Autonomía, es competencia de este Gobierno aprobar, en los términos que resultan de la legislación vigente, el calendario de días laborables y festivos de la Comunidad Autónoma para el año 1984, dentro del límite anual de 14 días festivos.

En el ejercicio de dichas competencias se ha considerado oportuno asimismo efectuar una consulta con las Autoridades eclesiásticas de la Comunidad Autónoma, dadas las posibles consecuencias de determinadas festividades de mayor tradición o raigambre religiosa.

Siendo necesario proceder a aprobar el citado calendario laboral para el próximo año 1984, a propuesta del Consejero Titular del

Departamento de Trabajo y previa deliberación en la reunión de

Gobierno celebrada el día 31 de Octubre de 1983,

DISPONGO: Artículo. 1.-Tendrán la consideración de días inhábiles a efectos laborales, durante el año mil novecientos ochenta y cuatro, retributivas y no recuperables, todos los domingos del año y las fiestas de: ° Reyes Magos (6 de Enero). ° San José ( 19 de Marzo). Viernes Santo (20 de Abril). Lunes de Pascua (23 de Abril). " Fiesta del Trabajo (1 de Mayo). " Corpus Christi (21 de Junio). ° Santiago (25 de Julio). ° Asunción de la Virgen (15 de Agosto). Virgen del Pilar (12 de Octubre). ° Todos los Santos ( 1 de Noviembre). ° Inmaculada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR