DECRETO 84/2020, de 30 de junio, de medidas urgentes en el sector del juego para hacer frente al impacto del COVID-19.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Seguridad
Rango de LeyDecreto

Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia internacional provocada por el COVID-19 el pasado 11 de marzo, su rápida propagación, tanto a nivel nacional como internacional, ha motivado la necesidad de adoptar medidas urgentes y contundentes con el objetivo de amortiguar el impacto de esta crisis sin precedentes, en todos los niveles institucionales, tanto en cuanto a la contención de la expansión del virus como en apoyar el tejido productivo.

La expansión de la pandemia ha obligado a las autoridades a suspender las actividades relativas al juego presencial y el cierre de todo tipo de locales de juego y también de los locales de hostelería donde pueden albergarse máquinas de juego. Esta circunstancia se produce en plena revisión de la planificación del juego, iniciada a resultas del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de enero de 2020, por el que se establece el procedimiento para la revisión de la planificación contemplada en el Reglamento General del Juego, publicado por Resolución 7/2020, de 14 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento en el BOPV n.º 11, de 17 de enero de 2020. La revisión de la planificación debía aprobarse en un plazo de nueve meses, prorrogables por razones de interés público.

En dicho acuerdo se adoptó igualmente la medida de la suspensión del otorgamiento de nuevas autorizaciones mientras durase la revisión de la planificación del juego, para evitar que ello afectase a la racionalización del sector durante el periodo de revisión, elaboración y modificación de la planificación y la normativa aplicable.

La revisión de la planificación del juego en curso se fundaba en estudios previos elaborados por el Observatorio Vasco del Juego y en las líneas estratégicas de un plan de acción que respondían a una realidad anterior a la que resulta ahora del impacto social y económico de la pandemia y de la suspensión legal de toda actividad de juego presencial durante el estado de alarma. Sin embargo, en la actualidad resulta imposible realizar una planificación coherente y acertada del juego en Euskadi para los próximos años sin tener en cuenta el impacto referido, razón por la cual es preciso prorrogar el plazo marcado en el citado Acuerdo...

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