DECRETO 79/2019, de 21 de mayo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, entre las cuáles se encuentra el Decreto 105/2007, de 26 de junio, que modifica las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, derivadas del proceso de Análisis Funcionales.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

El Convenio de Colectivos Laborales al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2010-2011, contempla, en su artículo 10, la clasificación del personal laboral en base a un estudio organizativo y posterior elaboración de una nueva relación de puestos de trabajo (en adelante, RPT).

Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.3 del Decreto 158/2012, de 21 de agosto (BOPV de 31 de agosto), por el que se traspasan los recursos del servicio de formación agraria y náutico-pesquera gestionado por Hazi, Landa eta Itsas Ingurunearen Garapenerako Korporazioa, Sociedad Anónima (en adelante, HAZI), a los Departamentos de Educación, Universidades e Investigación y de Justicia y Administración Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con efectos de 01-09-2012, se adscribe al Departamento de Educación, Universidades e Investigación todo el personal laboral no docente, de las Escuelas Agrarias de Arkaute, Fraisoro y Derio y de las Escuelas marítimo-pesqueras de Pasajes y Bermeo, que se cita en el Anexo II del...

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