DECRETO 238/2020, de 20 de octubre, por el que se renueva parcialmente la composición nominal del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Salud
Rango de LeyDecreto

La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi establece en su artículo 22 lo siguiente:

1.– Los órganos rectores del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad.

2.– El consejo de administración estará integrado por el presidente y por un número no superior a cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las atribuciones del consejo comprenderán la planificación estratégica de medios adscritos al ente, la dirección de sus actuaciones, el control superior de la gestión y las facultades necesarias para dirigir e impulsar el proceso e intensidad con la que se configurarán las organizaciones últimas de servicios sanitarios dependientes del ente, salvo en lo relativo al otorgamiento de personalidad jurídica.

3.– Reglamentariamente, a través de los estatutos sociales se creará una organización central de administración y gestión corporativa del ente, como estructura directiva de apoyo al consejo de administración. Entre sus atribuciones, en ejecución de los acuerdos de los órganos rectores, se encontrarán la colaboración, control, coordinación estratégica y los poderes centralizados de gestión que se establezcan respecto a todas las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente

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Por su parte, el artículo 8.2 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, aprobados por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, establece que el Consejo de Administración estará compuesto, además de por el Presidente, por cinco miembros en representación de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y los tres restantes a propuesta del Consejero de Salud.

De acuerdo con estas previsiones, los anteriores nombramientos y renovaciones de los miembros del Consejo de Administración del Ente Público se produjeron mediante los oportunos Decretos.

Como consecuencia de los cambios producidos a consecuencia de la nueva estructura del Gobierno Vasco establecida mediante Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y finalmente como consecuencia del Decreto...

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