DECRETO 22/2016, de 22 de julio, del Lehendakari, de designación de representantes de los municipios en el Órgano de Coordinación Tributaria.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

El Órgano de Coordinación Tributaria fue constituido por la Ley 3/1989, de 30 de mayo, de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal, cuyo artículo 16 determina que estará integrado por tres representantes del Gobierno Vasco nombrados por decreto a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas, uno de los cuales actuará como presidente, y por un representante de cada una de las Diputaciones Forales.

A través de la Disposición Final Tercera de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, se ha añadido un apartado 4 al artículo 16 de la Ley 3/1989, de 30 de mayo, para incorporar al Órgano de Coordinación Tributaria, con voz y voto, tres representantes de los municipios designados por el Lehendakari, a propuesta de la asociación de municipios vascos de mayor implantación, que intervendrán únicamente cuando se trate de asuntos relativos a los tributos locales, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 11 de la citada Ley 3/1989, de 30 de mayo.

Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera, punto 5 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, mediante Orden de 26 de mayo de 2016, se ha designado a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos, como la asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En consecuencia, la Comisión Ejecutiva de Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos ha acordado, en su sesión de 14 de julio de 2016, proponer al Lehendakari, para su designación, a tres representantes de los municipios vascos para formar parte, cuando proceda, del Órgano de Coordinación Tributaria.

Por todo ello,

Artículo único – Designar miembros representantes de...

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