DECRETO 192/2017, de 11 de julio, por el que se aprueba el cambio de denominación del Consejo de Médicos del País Vasco por el de Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco competencia exclusiva en materia de Colegios y Consejos Profesionales radicados en el País Vasco y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

Por el Consejo de Médicos del País Vasco fue presentada solicitud de aprobación de la modificación de sus estatutos, en la cual se incluye el cambio de denominación del mismo, para adecuar su correspondencia en castellano y euskara.

El artículo 44 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de Colegios y Consejos Profesionales y el artículo 34 del Decreto 21/2004, de 3 de febrero, sobre el Reglamento de Profesiones Tituladas, los Colegios y Consejos Profesionales, establecen que para la modificación de la denominación de los consejos profesionales será necesario el informe del Departamento correspondiente y de los tres colegios que forman el consejo respectivo, aprobarse mediante decreto del Gobierno Vasco, y publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.

Han sido presentados los informes favorables de los Colegios Oficiales de Médicos de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa y del Departamento de Salud. Así mismo, se adjunta el informe del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, competente en materia de Colegios y Consejos Profesionales.

Sobre estas bases, considerando justificada la solicitud promovida por el referido consejo, y una vez...

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