DECRETO 127/2019, de 30 de julio, de subrogación del personal de la Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua-Langileen Prestakuntzarako Euskal Fundazioa (Hobetuz) por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Empleo y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyDecreto

El Gobierno Vasco ha aprobado la autorización previa a la adopción del acuerdo de extinción de la Fundación en los términos consignados en referido proyecto de «Acuerdo de extinción de la Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua-Langileen Prestakuntzarako Euskal Fundazioa», de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 ter. del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

La Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, prorrogados para el ejercicio 2019, en su Disposición Adicional decimocuarta (Reorganizaciones administrativas del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi) prevé en el supuesto de reorganizaciones administrativas que vengan producidas por cualesquiera planes, programas, actuaciones significativas, así como por disposiciones con rango de Ley, que el Gobierno podrá regular y disponer cuanto sea necesario en relación con la subrogación en las relaciones contractuales y en cuantos derechos y obligaciones de cualquier género se deriven de la creación, extinción o transformación de cualquier entidad del sector público y, en particular, sobre la adscripción e integración del personal a su servicio en otra entidad del sector público, de conformidad con la legislación laboral o de función pública que le sea aplicable.

Dentro de este apartado cabe mencionar lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 2/2019, de 14 de febrero, de medidas presupuestarias urgentes para el ejercicio 2019 en materia de retribuciones y otros aspectos relativos a la prórroga.

Haciendo uso de esta habilitación y considerando que la integración de la Fundación en el organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo ya se prefiguraba en el Acuerdo de 30 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, referido a la Estrategia para el redimensionamiento y racionalización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, procede regular la subrogación del Organismo Autónomo en las relaciones jurídicas de la Fundación Vasca para la Formación Profesional Continua-Langileen Prestakuntzarako Euskal Fundazioa (Hobetuz).

En su virtud, a propuesta de la Consejera de...

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