DECRETO 11/2017, de 25 de abril, del Lehendakari, por el que se delegan las competencias del Lehendakari en relación con las funciones de Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

La Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en su artículo 8, establece que la Presidencia de la Agencia corresponde al consejero o consejera competente en cooperación para el desarrollo y, la vicepresidencia, al viceconsejero o viceconsejera competente en dicha materia.

El área de cooperación para el desarrollo ha sido atribuida a Lehendakaritza en virtud del artículo 4 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

En este sentido, el Decreto 70/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, en su artículo 3, adscribe el ente público de derecho privado, Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a Lehendakaritza- Presidencia del Gobierno. Una adscripción que se concreta a través de la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, en los términos establecidos en la Ley 5/2008, de 19 de junio, de creación del mismo.

De todo ello se concluye que, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, corresponde al Lehendakari ostentar la presidencia de dicha...

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