DECRETO 108/2021, de 16 de marzo, de continuidad de las medidas, en el sector del juego, para hacer frente al impacto de la COVID-19.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Seguridad
Rango de LeyDecreto

La extensión de la pandemia internacional provocada por la COVID-19 llevó a la declaración del estado de alarma y a la paralización de todas las actividades relacionadas con el juego presencial, impidiendo, de facto, la explotación de las máquinas de juego.

El Decreto 84/2020, de 30 de junio, de medidas urgentes en el sector de juego para hacer frente al impacto de la COVID-19, aborda tres cuestiones: por una parte, prorroga por otros nueve meses el plazo contemplado en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de enero de 2020, por el que se establece el procedimiento para la revisión de la planificación contemplada en el Reglamento General del Juego aprobado por el Decreto 120/2016, de 27 de julio, y se suspende temporalmente la tramitación de nuevas solicitudes de autorización o modificación de locales de juego.

Por otra parte, lo dispuesto en el artículo 201.5.a) del Decreto 120/2016, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Juego de la Comunidad Autónoma de Euskadi, respecto al número mínimo de locales de apuestas en funcionamiento permanente no resulta exigible desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y hasta la fecha de aprobación del Consejo de Gobierno de la nueva planificación del juego.

Finalmente, el citado decreto ha permitido la suspensión temporal de la efectividad de los permisos de explotación de máquinas hasta el 30 de septiembre de 2020, pudiendo solicitar, cualquiera de las partes firmantes del boletín, el levantamiento de la suspensión en el momento en que se...

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