DECRETO 9/1993, de 19 de enero, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Idiazabal, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del «Proyecto de obras de reforma de la urbanización de la calle Mayor de Idiazabal».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorUrbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 9/1993, de 19 de enero, por el que se declaran de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Idiazabal, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del «Proyecto de obras de reforma de la urbanización de la calle Mayor de Idiazabal».

Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Idiazabal, de 8 de septiembre de 1992, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del «Proyecto de obras de reforma de la urbanización de la calle Mayor de Idiazabal», acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual en su momento, fue sometida a información pública presentándose cinco escritos de alegaciones.

Los Servicios Técnicos del Departamento de Urbanismo y Vivienda han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de dotar de una mayor funcionalidad del tráfico rodado y peatonal a la citada calle.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno

Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a Sistemas Generales de la ordenación urbanística del territorio o la de alguno de sus elementos, correspondiendo al Consejero de Urbanismo y Vivienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al

Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Urbanismo y Vivienda y previa deliberación del...

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