ORDEN de 10 de febrero de 1999, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n.° 4387/95, interpuesto por Langile Sindikal Batasuna-Unión ...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

ORDEN de 10 de febrero de 1999, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo n.° 4387/95, interpuesto por Langile Sindikal Batasuna-Unión Sindical Obrera.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el Recurso n.° 4387/95, interpuesto por la representación legal de Langile Sindikal Batasuna-Unión Sindical Obrera, en el que se impugna la Orden de 31 de mayo de 1995 del Consejero del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco que regula la concesión de subvenciones a las centrales sindicales más representativas operantes en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado Sentencia de fecha 21 de enero de 1999, cuya parte dispositiva dice así:

Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Langile Sindikal Batasuna-Unión Sindical Obrera, contra la Orden de 31 de mayo de 1995 del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco que regula concesión de subvenciones a las Centrales Sindicales más representativas operantes en la Comunidad Autónoma del País Vasco, declarando: Primero.¿ La nulidad de pleno derecho de la Orden recurrida, que anulamos. Segundo.¿ No efectuar pronunciamiento impositivo...

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