ORDEN de 21 de septiembre de 2004, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales por la que se convocan cuatro becas de formación en el área de inmigración para el ejercicio 2004-2005.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVivienda y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 21 de septiembre de 2004, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales por la que se convocan cuatro becas de formación en el área de inmigración para el ejercicio 2004-2005.

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003, se dictó la Orden de 17 de septiembre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales por la que se establece el marco general regulador de las cuestiones de procedimiento y de diversos aspectos relativos a las convocatorias de becas de formación en el área de Inmigración y se convocan cuatro becas para el período 2003-2004 (Boletín Oficial del País Vasco n.º 195 de 7 de octubre). Para el presente ejercicio, atendiendo a los recursos económicos disponibles, se convocan cuatro becas y se procede a adaptar los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Orden de 17 de septiembre durante el ejercicio 2004-2005.

En su virtud,

RESUELVO

Artículo 1 ? Objeto.

Es objeto de la presente Orden convocar para el ejercicio 2004-2005 las becas de formación en el área de inmigración reguladas en la Orden de 17 de septiembre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se establece el marco general regulador de las cuestiones de procedimiento y de diversos aspectos relativos a las convocatorias de becas de formación en el área de inmigración y se convocan cuatro becas para el período 2003-2004 (BOPV n.º 195, de 7 de octubre).

Se convocan para el ejercicio 2004-2005, por el procedimiento de concurso, cuatro becas destinadas a impulsar la formación y la especialización de profesionales en las siguientes áreas:

  1. ? Mujer e inmigración.

  2. ? Participación Ciudadana e Inmigración; iniciativas comunitarias en educación y mediación intercultural.

  3. ? Menores inmigrantes no acompañados/as. Otros casos de especial vulnerabilidad: polizones y reclusos/as.

  4. ? Codesarrollo e Inmigración.

  5. ? Evaluación del impacto de programas institucionales sobre integración de las personas inmigrantes extranjeras.

  6. ? Garantías Jurídicas e Inmigración.

  7. ? Inmigración y ciudadanía.

Artículo 2 ? Duración.

Cada beca tendrá una duración de doce (12) meses, que se computarán desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Orden de Adjudicación de las becas en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 3 ? Dotación y forma de pago de las becas.
  1. ? La dotación para las presentes cuatro becascorrespondientes al período 2004-2005 será de un total de setenta y dos mil ciento veintiún euros con cuarenta y cuatro céntimos de euro (72.121,44 euros) correspondiendo a cada una de ellas la cantidad de dieciocho mil treinta euros con treinta y seis céntimos de euro (18.030, 36 euros)

  2. ? Esta cantidad será satisfecha de la siguiente forma:

  1. Un 25% de la cuantía de la beca, se abonará tras la adjudicación de la beca, previa aceptación e incorporación de la persona adjudicataria de la beca.

  2. El segundo pago, por importe del 40% de la cuantía de la beca, se efectuará una vez transcurridos cuatro meses desde el...

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