DECRETO 167/1997, de 8 de julio, por el que se constituye, por segregación, el Colegio Oficial de Biólogos de Euskadi.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorJusticia, Economia, Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 167/1997, de 8 de julio, por el que se constituye, por segregaciÛn, el Colegio Oficial de BiÛlogos de Euskadi.

El artÌculo 10.22 del Estatuto de AutonomÌa atribuye a la Comunidad AutÛnoma del PaÌs Vasco competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artÌculos 36 y 139 de la ConstituciÛn.

En virtud del Real Decreto 1547/1994, de 8 de julio y Decreto 293/1994, de 12 de julio, se procediÛ a la aprobaciÛn por los respectivos Gobiernos, estatal y autonÛmico, del Acuerdo de traspaso de servicios de la AdministraciÛn del Estado a la Comunidad AutÛnoma del PaÌs Vasco en materia de Colegios Oficiales y Profesionales, asumiÈndose todas las funciones que venÌa realizando aquÈlla respecto a los Colegios cuyo ·mbito estuviera exclusivamente comprendido dentro del territorio propio de esta Comunidad.

Dicho Acuerdo establecÌa, en su apartado H, que en los supuestos en que con anterioridad a la efectividad del traspaso se hubiera solicitado ante la AdministraciÛn Central la segregaciÛn o creaciÛn de colegios de ·mbito autonÛmico, se procederÌa a su remisiÛn a la Comunidad AutÛnoma para su definitiva resoluciÛn, una vez realizadas las actuaciones correspondientes en el ·mbito de su competencia. LÛgicamente, de la interpretaciÛn ´a contrario sensuª de esta previsiÛn transitoria se deduce la habilitaciÛn de la Comunidad AutÛnoma para la instrucciÛn y resoluciÛn de los expedientes de segregaciÛn iniciados con posterioridad a la fecha de efectividad del mencionado instrumento de traspasos.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en la DisposiciÛn Transitoria SÈptima del Estatuto de AutonomÌa y hasta tanto no legisle el Parlamento Vasco sobre la materia, la normativa aplicable es la Ley 2/1974, de 13 de febrero, reguladora de los Colegios Profesionales, modificada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre.

Es por ello que al amparo de los textos legales expuestos y, concretamente, del artÌculo 4 de la Ley 2/1974 de 13 de...

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