DECRETO 281/1984, de 10 de Agosto de 1984, por el que se constituye la Junta de Calidad del Aire de la Comarca Nervión-Ibaizábal.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPolitica Territorial, Transportes y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 281/1984, de 10 de Agosto de 1984, por el que se constituye la Junta de Calidad del Aire de la Comarca NerviÛn-Ibaiz·bal.

La apariciÛn de importantes episodios de contaminaciÛn atmosfÈrica en el ·rea del Bajo NerviÛn-Ibaiz·bal coincidentes con situaciones meteorolÛgicas desfavorables, justifica la necesidad de la puesta en pr·ctica de actuaciones coordinadas y dirigidas a rentabilizar los esfuerzos que respecto de esta materia se realizan por diversos

Departamentos del Gobierno Vasco.

A tal fin se juzga necesaria la creaciÛn de un Ûrgano que coordine la ejecuciÛn de competencias que los diferentes Departamentos del

Gobierno ostentan en materia de ContaminaciÛn AtmosfÈrica sin perjuicio de integrar a otras Instituciones en la materializaciÛn de las acciones tendentes a paliar la referenciada situaciÛn.

En su virtud, a propuesta del Consejero Titular del Departamento de

PolÌtica Territorial, Transportes y Turismo, previo acuerdo del

Gobierno Vasco en su reuniÛn de 10 de Agosto de 1984,

DISPONGO:

ArtÌculo Primero

Se constituye la Junta de Calidad del Aire de la Comarca

NerviÛn-Ibaiz·bal, cuya presidencia ser· asumida por el Viceconsejero de Medio Ambiente del Departamento de PolÌtica Territorial,

Transportes y Turismo.

ArtÌculo segundo

La Junta de Calidad del Aire de la Comarca NerviÛn-Ibaiz·bal estar· vinculada al Departamento de PolÌtica Territorial, Transportes y

Turismo, consider·ndose como Organismo asesor del Gobierno Vasco en materia de contaminaciÛn atmosfÈrica en el ·mbito territorial delimitado por la Comarca de NerviÛn-Ibaiz·bal y ·rea de influencia.

ArtÌculo tercero

La Junta de Calidad de Aire tendr· como funciones las siguientes: a) Mantenimiento y explotaciÛn de la Red oficial de sensores de calidad de aire de la Comarca NerviÛn-Ibaiz·bal. b) Recogida e informaciÛn de los datos de la citada red. c) Asesorar en materia de ContaminaciÛn AtmosfÈrica al Consejero de

PolÌtica Territorial, Transportes y Turismo, al Consejero de Sanidad y Seguridad Social y al Consejero de Industria y Comercio en el ·mbito de sus competencias. d) Realizar estudios y proponer soluciones respecto de la situaciÛn de calidad atmosfÈrica en la Comarca NerviÛn-Ibaiz·bal, bien sea directamente o a travÈs de organismos especializados en la materia.

ArtÌculo cuarto

La Junta de Calidad...

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