DECRETO del Consejo General del País Vasco de 12 de enero de 1980, por el que se convocan elecciones al Parlamento Vasco.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorConsejo General del Pais Vasco
Rango de LeyDecreto

La disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía del País Vasco faculta al Consejo General Vasco para proceder a la convocatoria de elecciones al Parlamento Vasco, a partir de la aprobación definitiva del Estatuto. En su virtud y previa deliberación y acuerdo del Consejo General del País Vasco, adoptado en su reunión celebrada en Bilbao el día once de enero de mil novecientos ochenta, DISPONGO: Artículo primero. - Las elecciones tendrán lugar en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya el día nueve de marzo del presente año. Artículo segundo. - Cada uno de los mencionados territorios históricos se constituirá en circunscripción electoral única, para elegir veinte Diputados por circunscripción, mediante votación directa y secreta, con listas cerradas y bloqueadas, atendiendo para el reparto de escaños a criterios de representación proporcional. Artículo tercero. - Hasta tanto el Parlamento Vasco no dicte...

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