DECRETO 104/2007, de 19 de junio, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de conexión del saneamiento de Zerain con el colector general del Alto Oria.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa en sesión de fecha 27 de marzo de 2007 acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del "Proyecto de conexión del saneamiento de Zerain con el colector general del Alto Oria", y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Igualmente acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, que fueron resueltas según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Se contempla el objetivo de incorporar el saneamiento de Zerain al Interceptor del Alto Oria, de forma que las aguas residuales sean tratadas en la estación depuradora de Legorreta, ya que en la actualidad la casi totalidad de las aguas fecales generadas en el municipio de Zerain se dirigen a una fosa séptica que se encuentra cerca del Ayuntamiento de Zerain, teniendo el resto de caseríos o villas su propia fosa séptica o vertiendo directamente al medio natural.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas...

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