DECRETO 73/2012, de 15 de mayo, por el que se establecen los requisitos de competencia lingüística para impartir áreas o materias en lenguas extranjeras en la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se reconocen títulos y certificados.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su artículo 2, que uno de los fines de la educación es conseguir la capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial y en una o más lenguas extranjeras. Por su parte, tanto el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria como el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, introducen en el anexo I dedicado a las competencias básicas la competencia en comunicación lingüística. Con distinto nivel de formalización, esta competencia significa en el caso de las lenguas extranjeras, poder comunicarse en al menos una de ellas, para enriquecer las relaciones sociales y desenvolverse en diferentes contextos así como para acceder a más y diversas formas de información y aprendizaje.

Posteriormente, el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, en su disposición adicional quinta, facultó a las Administraciones educativas para regular los requisitos de formación añadidos que se exigirán al profesorado para impartir en una lengua extranjera, un área o materia distinta a la de dicha lengua, en centros públicos o privados cuyos proyectos educativos comporten un régimen de enseñanza trilingüe o plurilingüe. Entre estos requisitos debe incluirse la acreditación del dominio de la lengua extranjera equivalente del nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

A su vez, el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de 2006, de Educación, contempla la disposición adicional tercera acerca de las enseñanzas en lengua extranjera en la Educación Primaria y faculta a las Administraciones educativas para regular los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR