DECRETO 9/2004, de 20 de enero, por el que se modifica el Decreto que califica el Casco Histórico de Markina-Xemein (Bizkaia) como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, y fija su régimen de protección.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 9/2004, de 20 de enero, por el que se modifica el Decreto que califica el Casco Histórico de Markina-Xemein (Bizkaia) como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, y fija su régimen de protección.

La Comunidad Autónoma delPaís Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de dicha competencia, se aprueba la Ley 7/1990, de3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco.

Mediante el Decreto 28/1996, de 6 de febrero (BOPV n.º 35, de 19 de febrero) se declaró el Casco Histórico de Markina-Xemein Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, fijándose su régimen de protección.

El Ayuntamiento de Markina-Xemein solicitó al Centro de Patrimonio Cultural Vasco la revisión del régimen de protección del citado Decreto 28/1996, ante la modificación de las Normas Subsidiarias del Área 18 de Suelo Urbano, zona del convento de San José, a fin de salvaguardar la protección del patrimonio cultural y posibilitar el desarrollo urbano del área.

Los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural realizaron informe el 29 de julio de 2003, proponiendo lamodificación del Anexo II, delimitación del Conjunto Monumental, y la modificación del Anexo III sobre el régimen de protección, en los listados y en su artículo 20.

Mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes de 5 de noviembre de 2003 (BOPV n.º 239, de 5 de diciembre), se incoa el expediente y se acuerda el sometimiento del procedimiento a los trámites de información pública y audiencia a los interesados.

Abierto el trámite de información pública y audiencia al interesado, no se han presentado alegaciones.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, a propuesta de la Consejera de Cultura, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de enero de 2004,

DISPONGO:

Artí culo primero.¿ Modificar el Anexo II y los listados y el artículo 20 del régimen de protección establecido en el Decreto 28/1996, de6 de febrero para el Casco Histórico de Markina-Xemein (Bizkaia), Bien Cultural calificado, con la categoría de Conjunto Monumental.

Artí culo segundo.¿ Adjuntar como Anexo I la...

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