DECRETO 354/2013, de 4 de junio, de modificación del Decreto por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón en Navaridas (Álava).

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de EducaciÓN, PolÍTica LingÜÍStica y Cultura
Rango de LeyDecreto

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo desarrollo se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Mediante Decreto 225/2002, de 1 de octubre (BOPV n.º 198 de 17 de octubre), se calificó la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón en Navaridas como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, fijándose su régimen de protección.

Posteriormente, la Diputación Foral de Álava solicitó la modificación del artículo 8 del actual régimen de protección del Conjunto Monumental, al objeto de que puedan realizarse las obras de mejora de la carretera A-3212. El mencionado artículo impone un criterio sumamente restrictivo ante cualquier intervención e imposibilita de facto la adecuación de la carretera a los actuales estándares de seguridad.

A la vista de la solicitud de la Diputación Foral de Álava, los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural realizaron un informe en el que se propone una nueva redacción del artículo en cuestión para posibilitar las obras necesarias en la carretera sin poner en peligro ni el registro arqueológico ni la monumentalidad del castro.

Por medio de la Resolución de 21 de mayo de 2012, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, publicada en el BOPV n.º 118, de 18 de junio, se incoó y sometió a información pública y audiencia el expediente de modificación del Decreto 225/2002, de 1 de octubre, por el que se calificó la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental.

Abierto el trámite de información pública y audiencia al interesado, no ha sido presentada alegación alguna.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 y 12 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, visto el informe favorable de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y previa deliberación y...

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