ORDEN de 25 de junio de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se fijan los márgenes brutos de los diversos cultivos, los módulos objetivos para la determinación de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA) y los coeficientes de gastos fijos en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorMedio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Rango de LeyOrden

El Decreto 203/2011, de 27 de septiembre, del Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dispone en su artículo 14.2 que «a los efectos del cálculo de la renta unitaria de trabajo, periódicamente y teniendo en cuenta la dimensión, ubicación, orientación técnico-económica y sistema de producción de la explotación, mediante Orden de la persona titular del departamento competente del área de agricultura de Gobierno Vasco, se fijarán los márgenes brutos, los módulos objetivos para determinar las unidades de trabajo agrario que corresponden a la explotación y los coeficientes de gastos fijos de esa explotación».

Anteriormente, dando cumplimiento a la normativa anterior en esta materia que era similar, los márgenes brutos, los módulos objetivos para determinar las unidades de trabajo agrario y los coeficiente de gastos fijos en las explotaciones de la CAPV fueron fijados por la Orden de 18 de julio de 2001, del Consejero de Agricultura y Pesca (BOPV n.º 160, de 20 de agosto de 2001).

Una vez realizados los trabajos estadísticos para actualizar dichos indicadores y teniendo en cuenta los años transcurridos, por medio de la presente Orden se publican esto márgenes brutos y módulos parta la determinación de UTAs que están referidos a datos del año 2012, si bien se establece la previsión de que estos márgenes y módulos seguirán vigentes hasta la publicación de otros nuevos márgenes y módulos que los sustituyan.

Las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como las asociaciones profesionales agrarias han sido consultadas en la elaboración de la presente Orden. En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente Orden es fijar los márgenes brutos de los diversos cultivos, los módulos de objetivos para la determinación de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA), y los coeficientes de gastos fijos en las explotaciones agrarias de la CAPV tomando como base los datos existentes en el año 2012, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 203/2011, de 27 de septiembre, del Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.- Márgenes brutos.

Los márgenes brutos correspondientes a los diversos cultivos se calcularán de conformidad con los...

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