RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2011, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan, para el presente año 2011, ayudas a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorAgencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
Rango de LeyResolución

La sociedad vasca genera numerosas iniciativas de solidaridad internacional para la promoción del desarrollo humano y sostenible. Dichas iniciativas surgen a menudo de la mano de su juventud, que desde posiciones diversas no considera el actual orden mundial como el único posible, promoviendo diversas formas de acción que no siempre encuentran el eco de las instituciones. Partiendo de esa realidad, el objetivo del presente programa es contribuir al establecimiento de las bases para un mundo más justo, mediante el apoyo a la importante labor que desarrollan diversas organismos y agencias del sistema de las Naciones Unidas, cuyos principios, objetivos y métodos de trabajo en el ámbito del desarrollo humano y sostenible, la protección de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad y la promoción de la gobernabilidad democrática, conectan con la sensibilidad de la sociedad vasca.

Durante los últimos años ese apoyo ha tomado forma, en el marco del presente programa, en la incorporación de un importante número de jóvenes de Euskadi con la capacitación profesional adecuada, en el seno de diferentes organismos internacionales vinculados al sistema de Naciones Unidas. La colaboración de estos organismos, así como el proceso de descentralización del sistema internacional de cooperación, facilita la coordinación de distintos agentes que persiguen un mismo objetivo. En este sentido, la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo entiende que la coordinación entre los agentes de cooperación es necesaria para sumar esfuerzos.

El Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos, establece en su artículo 2 que la convocatoria de ayudas será realizada anualmente, mediante Orden del/de la Consejero/a competente en materia de cooperación para el desarrollo, debiendo señalarse, en todo caso, el importe total destinado a la convocatoria, el importe máximo de la dotación básica de cada candidatura y el importe destinado a las prórrogas. Asimismo, deberá concretar los aspectos que se valorarán en cada uno de los criterios de selección de las candidaturas y su ponderación, así como el lugar y plazo de presentación de solicitudes y modelo de solicitud.

No obstante, por lo que se refiere a la competencia para realizar la convocatoria, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre, por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), así como tras la asignación a la Presidencia del Gobierno del área de actuación consistente en la cooperación al desarrollo y la adscripción a dicha Presidencia del ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Artículos primero y segundo del Decreto 6/2011, de 18 de enero del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la CAPV y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos), corresponde realizar esta convocatoria de subvenciones al Secretario General de la Presidencia.

En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse a tal efecto, la competencia corresponde a la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; y artículo 11.1 del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo).

Por último, cabe señalar que la presente convocatoria recibió el visto bueno del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 18 de febrero de 2011.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar para el presente ejercicio 2011 las ayudas a los Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a las personas jurídicas vinculadas a ellos, de conformidad con el Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.

Artículo 2 Recursos económicos.
  1. - El importe global de la dotación económica destinada a la presente convocatoria será de 847.500 euros.

  2. - El importe destinado a las prórrogas será de 678.000 euros.

    En el supuesto de que por el número de solicitudes de prórroga atendidas se produjera el agotamiento del referido importe, se deberá hacer pública esta circunstancia por la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo a los efectos de paralización de la concesión de nuevas prórrogas.

  3. - Ambos importes, de convocatoria y de prórrogas, podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de la Agencia Vasca de Cooperación para el...

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