DECRETO 62/2005, de 29 de marzo, por el que se acuerda la desafectación del inmueble sito en el n.º 12 de Barrenkalea en Durango (Bizkaia), bien cultural afectado por el Decreto 4/1997, de 14 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Durango y se fija su régimen de...

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 62/2005, de 29 de marzo, por el que se acuerda la desafectación del inmueble sito en el n.º 12 de Barrenkalea en Durango (Bizkaia), bien cultural afectado por el Decreto 4/1997, de 14 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Durango y se fija su régimen de protección, incurso en un procedimiento de declaración de ruina.

El inmueble sito en el n.º 12 de la calle Barrenkale de Durango está incluido en el Decreto 4/1997, de 14 de enero (BOPV n.º 20 de 30 de enero), por el que se declara Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental el Casco Histórico de Durango.

La Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 157, de 6 de agosto) establece en su artículo 36 la prohibición del derribo de los bienes culturales calificados y de los inventariados sin la previa declaración de ruina y autorización expresa de la Diputación Foral, siendo preciso asimismo la autorización previa del Gobierno Vasco sobre la desafectación.

En desarrollo de la citada normativa se dicta el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la Resolución sobre el derribo de los mismos (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre).

El 16 de septiembre de 2004 se remite por parte del Ayuntamiento de Durango al Centro de Patrimonio Cultural Vasco copia del expediente de declaración de ruina del inmueble situado en el n.º 12 de Barrenkalea, del Casco Histórico de Durango, y solicitud para que se incoe el correspondiente expediente de desafectación de conformidad con el Decreto 306/1998 citado.

Este inmueble es un elemento de protección básica en virtud del Decreto 4/1997, de 14 de enero, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Durango (Bizkaia) y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 20, de 30 de enero).

A la vista de los informes técnicos, el expediente de ruina y las actuaciones seguidas, el Consejo Asesor del Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi, en la sesión de 2 de diciembre de 2004, acordó la desafectación parcial del inmueble n.º 12 de Barrenkalea en Durango, estableciendo la obligación de mantener la fachada.

Mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, de 15...

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