DECRETO 380/1984, de 18 de Diciembre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía a la participación en la constitución de la Sociedad Anónima 'Central Hidroeléctrica de Bertxin, S.A.'

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda; Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 380/1984, de 18 de Diciembre, por el que se autoriza al Ente Vasco de la Energía a la participación en la constitución de la Sociedad Anónima "Central Hidroeléctrica de Bertxin, S.A."

El artículo 44.2, de la Ley 14/1983, de 27 de Julio, de Patrimonio de

Euskadi, dispone que el Gobierno podrá autorizar a los Entes Públicos de Derecho Privado, la creación o participación en las Sociedades de cualquier clase, con cargo a sus respectivos presupuestos, mediante

Decreto a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que dependen los Entes

Institucionales mencionados.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de los Departamentos de

Economía y Hacienda y de Industria y Comercio, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de dieciocho de

Diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro,

DISPONGO:

Artículo 1 Se autoriza al Ente Vasco de la Energía a participar, junto con el Ayuntamiento de Andoain, en la constitución de la Sociedad Anónima Central Hidroeléctrica de Bertxin, S.A.
Artículo 2 La Central Hidroeléctrica de Bertxin, S.A., tendrá un capital social de OCHENTA MILLONES QUINIENTAS MIL (80.500.000) PTAS., en el que el Ente Vasco de la Energía participará con VEINTIDOS (22)

MILLONES DE PTAS.

Artículo 3 El órgano designado, de acuerdo con las normas reguladoras del Ente Vasco de la Energía, o en su caso, el que ostente su representación legal, comparecerá ante notario a los efectos de suscribir, la escritura de constitución de la Central

Hidroeléctrica de Bertxin, S.A., aceptando los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR