ORDEN de 11 de octubre de 1991, del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de plazas vacantes de Personal Laboral para el Departamento de Agricultura y Pesca.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
EmisorPresidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de octubre de 1991, del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de plazas vacantes de Personal Laboral para el Departamento de Agricultura y Pesca.

De conformidad con lo previsto en el artículo 6.1.i) de la Ley 6/89, de 6 de Julio, de la Función Pública Vasca y con el fin de atender las necesidades planteadas en el Departamento de Agricultura y Pesca, se convoca concurso-oposición para la provisión de 3 plazas de personal laboral fijo, de acuerdo con las siguientes

BASES I. AMBITO DE APLICACION 1.- Constituye el ámbito de aplicación de las presentes bases la convocatoria de pruebas para la provisión, mediante contratación laboral indefinida, de los siguientes puestos de trabajo: a) 2 Profesores de Prácticas (Tecnología Agraria) , con alguna de las siguientes titulaciones: Ingeniero Técnico Agrícola o Ingeniero

Técnico Forestal o F.P.-2 Rama Agraria o F.P.-2 Rama Forestal.

Perfil lingüístico 3, sin fecha de preceptividad. Destino: Escuelas

Agrarias de Arkaute (Alava) y Derio (Bizkaia). b) 1 Monitor de Prácticas, con alguna de las siguientes titulaciones:

F.P.-2 Rama Agraria o F.P.-1 Rama Agraria con 3 años de experiencia.

Perfil lingüístico 2, sin fecha de preceptividad. Destino: Escuela

Agraria de Fraisoro-Zizurkil (Guipúzcoa) . 2.- A las plazas convocadas les será de aplicación el Convenio de

Colectivos Laborales al Servicio de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Euskadi, actualmente en vigor.

  1. REQUISITOS DE LOS CANDlDATOS

    Para tomar parte en la presente convocatoria será necesario: 1.- Ser español. 2.- Tener 18 años cumplidos. 3.- No padecer enfermedad q defecto físico o psíquico que impida el ejercicio normal de las funciones correspondientes. 4.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 5.- No estar incurso en ninguna causa legal de incapacidad e incompatibilidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley 53/1984 de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones

    Públicas, sin perjuicio para los que ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible de ejercitar el derecho de opción a que se refiere la citada norma legal. 6.- Poseer alguna de las titulaciones y demás requisitos que en cada caso se exige para los puestos convocados en la base primera.

    Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la fecha en que expire el plazo señalado para presentación de solicitudes.

    De acuerdo con lo dispuesto en el art. 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, éstos serán admitidos en las presentes pruebas selectivas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes a los puestos de trabajo convocados.

  2. PRESENTACION DE SOLICITUDES 1.- Las solicitudes, según modelo normalizado que se incluye como

Anexo II se dirigirán a la Ilma. Sra. Directora de Servicios

Generales del Departamento de Agricultura y Pesca, en el plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de .la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco. 2.- Las solicitudes podrán presentarse en alguna de las siguientes dependencias, o en la forma establecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo: - Escuela Agraria de Arcaute - Arcaute (Alava) - Escuela Agraria de Fraisoro - Zizurkil (Guipuzcoa) - Escuela

Agraria de Derio - Derio (Bizkaia) 3.- A las solicitudes se acompañará documentación de los méritos alegados.

  1. ADMlSION DE CANDIDATOS 1.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, se hará pública en el Boletín Oficial del País Vasco, por Resolución de la

    Dirección de Servicios Generales del Departamento de Agricultura y

    Pesca la relación de aspirantes admitidos y excluídos en las presentes pruebas, con detalle de los motivos de exclusión. 2 - A partir del día siguiente a la publicación de la citada

    Resolución, los aspirantes dispondrán de un plazo de subsanación de errores de diez días, conforme a lo...

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