ORDEN de 24 de noviembre de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se asigna entre los distintos ayuntamientos y mancomunidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la partida extraordinaria de 6.700.000 euros destinada a la ampliación de crédito del programa de Ayudas de Emergencia Social (AES), en el año 2010.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEmpleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Las Ayudas de Emergencia Social (AES) son una de las prestaciones económicas contempladas en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, destinadas a prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social.

En la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la CAPV para 2010, se destina un crédito de 17.300.000 euros para financiar el programa de Ayudas de Emergencia Social (AES) pero se constata que dicha partida resulta claramente insuficiente para atender todas las solicitudes que llegan a los ayuntamientos vascos.

Los 17.300.000 euros inicialmente destinados a las AES fueron asignados a los distintos municipios y mancomunidades de la CAPV de acuerdo a los criterios y la distribución contenida en la Orden de 24 de marzo de 2010, que fue publicada en el BOPV número 56.

Se ha solicitado a los ayuntamientos una previsión de cierre de las necesidades en este programa detectándose que como consecuencia del impacto de la crisis económica la demanda de estas ayudas experimenta un fuerte aumento. Se constata así que la situación está produciendo un notorio empeoramiento de las condiciones de vida de muchos ciudadanos a la vez que una reducción de los recursos económicos disponibles por los ayuntamientos, muchos de los cuales ya venían complementando con sus propios presupuestos las cuantías que recibían del Gobierno Vasco para estos fines.

Es necesario, por tanto, financiar la partida adicional de crédito para cubrir las necesidades del programa de las AES en el ejercicio 2010, por importe de 6.700.000 euros. Se trata de una nueva dotación económica fruto del esfuerzo presupuestario que realiza este Gobierno, en el Año Europeo de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social, para tratar de paliar las consecuencias de la crisis económica entre la población más desprotegida de nuestra sociedad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 88.g) y h) de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, corresponde a los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma el reconocimiento, denegación y pago de estas ayudas, para lo cual deberán conocer previamente su límite anual de disposición, siempre dentro de las consignaciones presupuestarias totales habilitadas al efecto para cada ejercicio presupuestario.

El Decreto 199/1999, de 20 de abril, establece en su Capítulo V (Financiación y Transferencias), el procedimiento para la distribución y transferencia de los recursos anuales asignados al programa. Para la distribución de los recursos se establece que el Departamento del Gobierno Vasco competente en la materia revisará semestralmente, dentro del ejercicio presupuestario, los criterios de distribución de recursos previstos pudiendo, tanto reajustar los créditos asignados a cada Ayuntamiento, fijando los nuevos límites presupuestarios de disposición anual para cada uno de ellos, como establecer unos nuevos criterios de distribución.

Por último, la Disposición Final Segunda del Decreto 199/1999, de 20 de abril, faculta a la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de dicho Decreto.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer los criterios para la distribución de la partida de crédito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR