DECRETO 360/1985, de 26 de Noviembre, por el que se articulan las medidas de fomento de la Formación Cooperativa.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorTrabajo, Sanidad y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 360/1985, de 26 de Noviembre, por el que se articulan las medidas de fomento de la Formación Cooperativa.

Habiéndose observado en el Decreto 230/85 de 16 de Julio, por el que se articulan las medidas de fomento de la Formación Cooperativa, que la exigencia de no estar integradas en la Administración Pública contenida en el artículo 1° de dicho Decreto a efectos de optar a las subvenciones por él articuladas, impide el acceso de la Universidad

Pública a dichas medidas de fomento.

Siendo por otra parte criterio expreso del Consejo Superior de

Cooperativas de Euskadi, aprobado en su Sesión Plenaria de 4 de Junio de 1985, que dicha exclusión de la Universidad Pública no resulta procedente en su virtud, y a propuesta del Consejero Titular del

Departamento de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su Sesión del día 26 de

Noviembre de 1985.

DISPONGO: Artículo único.- El Gobierno Vasco, a través del

Departamento de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social, concederá subvenciones a aquellas Entidades o Instituciones no integradas en la

Administración Pública, salvo las que tengan carácter docente, cualquiera que sea su personalidad jurídica, de carácter docente o no que realicen actividades formativas relacionadas directamente con el

Cooperativismo.

Las actividades mencionadas en el párrafo anterior serán de carácter formativo, pudiendo ser de carácter diverso: Cursos Formativos,

Seminarios, Conferencias, Encuentros, Prácticas y demás actuaciones de carácter similar.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Queda derogado y sustituido por el Artículo Unico de este

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