DECRETO 253/1984, de 17 de Julio, por el que se declara la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados en el Término Municipal de Arrigorriaga, dentro del Territorio Histórico de Vizcaya, necesarios para la construcción de la Red de Distribución de Gas Natural Arrigorriaga-Llodio-Amurrio.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 253/1984, de 17 de Julio, por el que se declara la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados en el Término Municipal de Arrigorriaga, dentro del Territorio Histórico de Vizcaya, necesarios para la construcción de la Red de Distribución de Gas Natural Arrigorriaga-Llodio-Amurrio.
La Delegación Territorial de Vizcaya del Departamento de Industria y
Energía, por Resolución de 7 de Enero de 1983, autorizó la construcción, a la Empresa Nacional del Gas, S. A. (ENAGAS), de las instalaciones correspondientes a la Red de Distribución de Gas
Natural en el Territorio Histórico de Vizcaya, referente al tramo
Arrigorriaga-Aracaldo perteneciente al proyecto de Red de
Distribución de Gas Natural Arrigorriaga-Llodio-Amurrio, cuya
Concesión Administrativa, para prestación del servicio público de suministro de Gas Natural le fue otorgada a la citada empresa en virtud de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 25 de
Febrero de 1981, referente al proyecto de Red de Distribución en el
Territorio Histórico de Vizcaya. Ambas fueron transferidas, por la
Empresa Nacional del Gas, S.A., a la Sociedad de Gas de Euskadi, transferencia que fue autorizada por el Departamento de Industria y
Energía, en virtud de la Orden, emanada del mismo, de fecha 15 de
Julio de 1983 y publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 10 de Agosto de 1983.
La Delegación Territorial de Industria del Departamento de Industria y Comercio en Vizcaya por Resolución de 13 de Julio de 1984 autorizó la construcción de las instalaciones correspondientes a la variante de Arrigorriaga perteneciente a la Red de Distribución de Gas Natural en el Territorio Histórico de Vizcaya para usos industriales primera fase.
La actividad de abastecimiento, producción, almacenamiento, conducción y distribución de Gas Natural está declarada como sector de interés preferente y, por tanto, las empresas que realicen tal actividad podrán acogerse a los beneficios que, para las mismas, se establecen en la normativa vigente sobre industrias de Interés
Preferente. La Sociedad de Gas de Euskadi, de 17 de Octubre de 1983, fue declarada empresa de Interés Preferente para la...
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