DECRETO 148/1993, de 18 de mayo, por el que se amplían los supuestos de reclasificación administrativa de los establecimientos de restauración.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorComercio, Consumo y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 148/1993, de 18 de mayo, por el que se amplían los supuestos de reclasificación administrativa de los establecimientos de restauración.

La ordenación de los restaurantes debe fundamentarse en criterios objetivos en orden a que la regulación de la oferta de esta clase de empresas turísticas se enmarque en parámetros ajenos a las simples expresiones de voluntad del titular del establecimiento.

La voluntad de la Administración Turística es la de conseguir una clasificación administrativa basada en criterios objetivos, que resulte eficaz, garantice los derechos del usuario turístico y prestigie a los restaurantes.

El panorama que ofrecen hoy en día las empresas de restauración no responde fielmente a los criterios enunciados.

Una cierta obsolescencia de las normas que regulan la materia, unida a la igualmente patente descoordinación administrativa, ha provocado que la clasificación de los restaurantes obedezca a principios voluntaristas, en casos, y a objetivos en otros, con lo que se ha producido una situación de cierta desarmonía en la regulación administrativa del sector.

Ante tal situación, y hallándose en fase de elaboración el texto de la Ley de Ordenación del Turismo a la que deberán en su día adaptarse los restaurantes de la

Comunidad Autónoma, se considera necesario ampliar coyunturalmente los supuestos de reclasificación administrativa de los establecimientos, lo que conlleva dejar sin efecto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el artículo 24 de la Orden de 17 de marzo de 1965, por lo que se aprueba la Ordenación

Turística de Restaurantes.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Comercio,

Consumo y Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de mayo de 1993,

DISPONGO:

Artículo...

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