DECRETO 179/1993, de 22 junio, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de quince mil millones (15.000.000.000 PTA) de pesetas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEconomia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 179/1993, de 22 junio, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de quince mil millones (15.000.000.000 PTA) de pesetas.

La Ley 8/1992, de 23 de diciembre, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad

Autónoma de Euskadi para 1993, en su artículo 8, apartado 1, autorizó al Gobierno Vasco para que, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, emitiese Deuda Pública de Euskadi hasta una cuantía máxima de 66.000.000.000 PTA, con la finalidad de financiar inversiones.

En uso de la citada autorización, procede disponer la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de quince mil millones (15.000.000.000 PTA) de pesetas, una vez cumplido el correspondiente trámite de coordinación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo del Gobierno Vasco, en su reunión del día 22 de junio de 1993,

DISPONGO:

Artículo 1 Importe de la emisión.

En uso de la autorización concedida al Gobierno en el artículo 8, apartado 1, de la Ley 8/1992, por la que se aprobaron los Presupuestos Generales de la Comunidad

Autónoma de Euskadi para 1993, se acuerda la

Emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable,formalizada en bonos, por importe de quince mil millones de pesetas.

Artículo 2 Suscriptores de la emisión

La emisión que se autoriza por el presente Decreto estará destinada a la suscripción pública.

Artículo 3 Instrumentación de la Deuda Pública

La Deuda Pública se formalizará en bonos de 10.000

PTA de valor nominal cada uno, que se representarán mediante anotaciones en cuenta.

Artículo 4 Características de la emisión 1.- Tipo nominal de interés.

La Deuda Pública que se emite devengará el interés anual del diez con cincuenta por ciento. 2.- Período de suscripción y precio de cesión.

El período de suscripción comenzará el 1 de julio y finalizará el 20 de julio del presente año de 1993.

Los bonos se emitirán a la par. 3.- Fecha de emisión.

Los bonos llevarán la fecha de 20 de julio de 1993 como fecha de emisión y a efectos identificativos de la misma. 4.- Devengo y pago de intereses.

El...

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