DECRETO 296/2003, de 9 de diciembre, por el que se acuerda la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de 240.000.000 de euros.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 296/2003, de 9 de diciembre, por el que se acuerda la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de 240.000.000 de euros.

La Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece que la emisión de deuda pública será acordada por el Consejo de Gobierno, mediante Decreto, el cual debe determinar los límites máximos de importe y de tiempo para realizar la emisión, pudiendo señalar otras características que, en otro caso, serán determinadas mediante Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

El Decreto-Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, en su Título IX que regula el Régimen de Prórroga, artículo 128, apartado h), establece que los límites del Endeudamiento fijados en los Presupuestos Generales objeto de prórroga serán de aplicación durante el período de vigencia de ésta.

La Ley 4/1999, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2000, en su artículo noveno, apartado segundo, autoriza al Gobierno Vasco a realizar operaciones de endeudamiento, con el objeto de financiar inversiones, hasta una cuantía máxima de 39.933 millones de pesetas, límite aplicable para el ejercicio 2001 en función de lo señalado en el párrafo anterior.

Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de diciembre de 2001, se autorizó la formalización de una operación de endeudamiento por un importe de hasta 240.000.000 de euros, en forma de préstamo y plazo hasta quince años. Con fecha 28 de diciembre de 2001 se procedió a la formalización de un préstamo sindicado con cinco entidades financieras por ese importe.

Teniendo en cuenta la situación actual de los mercados financieros, las propias características intrínsecas de cada modalidad de operación de endeudamiento, se considera la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en Obligaciones, por un importe de hasta 240.000.000 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR