DECRETO 488/1995, de 21 de noviembre, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de veinte mil millones (20.000.000.000) de pesetas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 488/1995, de 21 de noviembre, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de veinte mil millones (20.000.000.000) de pesetas.

La Ley 1/1995, de 12 de abril, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1995, en su artículo 8.2, autoriza al Gobierno Vasco para que, a propuesta del Departamento de Hacienda y Administración Pública, emita

Deuda Pública de Euskadi hasta una cuantía máxima de 79.577.000.000 PTA con la finalidad de financiar inversiones.

En uso de la citada autorización, procede disponer la emisión de Deuda Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de veinte mil millones (20.000.000.000) de pesetas, una vez cumplido el correspondiente trámite de coordinación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 21 de noviembre de 1995.

DISPONGO:

Artículo 1 Importe de la emisión.

En uso de la autorización concedida al Gobierno en el artículo 8.2 de la Ley 1/1995, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1995, se acuerda la emisión de Deuda

Pública de Euskadi, interior y amortizable, formalizada en bonos, por importe de veinte mil millones (20.000.000.000) de pesetas.

Artículo 2 Instrumentación de la Deuda Pública.

La Deuda Pública se formalizará en bonos de 10.000

PTA de valor nominal cada uno, representados mediante anotaciones en cuenta en el registro contable gestionado por el Servicio de Anotaciones en Cuenta de la

Sociedad...

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